Diputado por Cunduacan Luis Alberto Campos |
Jesús López
Con 29 votos a favor y tres
abstenciones, el Pleno aprobó exhortar a los titulares de la Secretaría de
Comunicaciones y Transportes, y de la Policía Estatal de Caminos, para que
publiquen en su portal de Internet, el tabulador autorizado de tarifas que
deben cobrar las empresas dedicadas a la prestación del servicio de grúas y
remolques en la entidad, y de no contar con dicho tabulador, se proceda de
manera inmediata a su elaboración.
La propuesta del diputado Luis Alberto
Campos Campos también plantea que el delegado estatal de la Procuraduría
Federal del Consumidor, investigue que las empresas tengan a la vista del
público su tabulador autorizado de tarifas.
El suscrito, diputado Luis Alberto
campos campos, integrante de la fracción parlamentaria del partido de la
revolución democrática de la Sexagésima Primera
legislatura y al honorable congreso del Estado de Tabasco, y en
ejercicio de la facultades constitucionales que me confié el artículo 28
párrafo segundo, 36 fracción XLIII (cuadragésima tercera), de la Constitución
política del Estado libre y soberano de Tabasco, y 22 fracción I (primera) de
la ley orgánica del poder legislativo del Estado Tabasco, y su reglamento;
Presento a la consideración de este
honorable todo en la siguiente proposición con punto de acuerdo.
PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR
MEDIO DE LA CUAL SE EXHORTA EL TITULAR DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y
TRANSPORTE DEL ESTADO, DE TABASCO, PARA QUE HAGA PÚBLICO EN EL PORTAL INTERNET
DE LA SECRETARÍA EL TABULADOR AUTORIZADO QUE REGULE LAS TARIFAS QUE LAS
EMPRESAS DEDICADAS A LA PRESTACIÓN DEL
SERVICIO DE GRÚAS Y REMOLQUES EN TODAS SUS MODALIDADES, DEBEN DE COBRAR POR LOS
SERVICIOS QUE LE SEAN REQUERIDOS, Y EL NO CONTAR CON UN TABULADOR SE PROCEDA DE
MANERA INMEDIATA A SU ELABORACIÓN, AL TITULAR DE LA POLICÍA ESTATAL DE CAMINOS
EN EL ESTADO PARA QUE HAGA PÚBLICO EN EL PORTAL DE INTERNET SI CUENTA CON EL
TABULADOR QUE REGULAN LAS TARIFAS QUE LAS EMPRESAS DEDICADAS A LA PRESTACIÓN
DEL SERVICIO DE GRÚAS Y REMOLQUES EN TODAS SUS MODALIDADES, DEBEN DE COBRAR POR
LOS SERVICIOS QUE LE SEAN REQUERIDOS Y AL DELEGADO DE LA PROCURADURÍA FEDERAL
DEL CONSUMIDOR DELEGACIÓN TABASCO, PARA QUE SE AVOQUE A VERIFICAR QUE LAS
EMPRESAS DEDICADAS A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GRÚAS Y REMOLQUES EN TODAS
SUS MODALIDADES TENGAN A LA VISTA DEL PÚBLICO EN GENERAL, EL TABULADOR QUE SE
AUTORIZA EL COBRO DE LAS TARIFAS POR LA PRESTACIONES DE DICHO SERVICIO, DEBIDO
A REALIZAR DICHA SUPERVISIÓN DURANTE UN AÑO, Y DE ENCONTRAR IREGULARIDADES EN
ESE TIEMPO INICIAR LOS TRÁMITES LEGALES CORRESPONDIENTES EN CONTRA DE LA
EMPRESA DEDICADA A PRESTAR EL SERVICIO DE GRÚAS Y REMOLQUES QUE NO RESPETE LAS
TARIFAS AUTORIZADAS.
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